PRIMERO: ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por
los profesionales del derecho MARÍA ELOISA FERNÁNDEZ RINCÓN con el carácter
de Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Vigésima Sexta (26°) del Ministerio Público con
competencia en materia contra la corrupción, y JOSÉ FRANCISCO BERTHE
BARBOZA, quien actúa con el carácter de Fiscal Auxiliar Quincuagésimo Primero (51°)
del Ministerio Público, en comisión con la Fiscalía Vigésima Sexta (26°) anteriormente
mencionada, ambas de la circunscripción judicial del estado Zulia,, dirigido a impugnar
la resolución Nº 589-21 dictada en fecha once (11) de octubre de 2021 por el Juzgado
Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal
del estado Zulia, con ocasión a la declaratoria de nulidad del escrito acusatorio, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMISIBLE EL ESCRITO DE CONTESTACION presentando por LUCY
BLANCO, Defensora Pública .....