PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación de autos presentado por el profesional del
derecho Jesús Alberto González Dávila, actuando con el carácter de Defensor Público
Auxiliar Quinto (5°) adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia- Extensión
Santa Bárbara del imputado Argemiro Puerta Torres, plenamente identificado en actas.
SEGUNDO: ADMITIR el escrito de contestación incoado por la Fiscalía Décima Sexta (16°)
del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Se deja constancia que
las partes recurrentes y la parte quien dio contestación a la incidencia no promovieron
pruebas en sus escritos.-