Por los fundamentos antes expuestos esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de sentencia interpuesto por el profesional del derecho RAFAEL ALBERTO MAIMONE ARAUJO, y JAVIER RAMÍREZ GÓMEZ en su carácter de abogados defensores de los ciudadanos YARITZA TIBISAY SÁNCHEZ y GERARDO HUERTA ALVARADO.
SEGUNDO: ANULA la sentencia número 052, publicada por este Tribunal, en fecha doce (12) de septiembre del año dos mil catorce (2.014), causa 6M-399-12, proferida por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual dictó sentencia condenatoria a los acusados de autos al considerarlos culpables en la comisión de los delitos de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA y DEFRAUDACIÓN, previsto y sancionado en los artículos 468 y.....