PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO POR INTERÉS DE LA LEY de la sentencia N° 2J-030-2022 de fecha 13.04.2022 dictada por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia-Extensión Cabimas, por evidenciarse trasgresiones al orden público, en virtud de que la mencionada recurrida carece de congruencia entre las circunstancias descritas en la acusación, el auto de apertura a juicio y los hechos que la Jueza a quo estimó acreditados para determinar el nuevo grado de responsabilidad de la acusada Katring Dayaneth Pulido Cañamo, obviando lo previsto en los artículos 333 y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, con lo cual, se vulneró la Tutela Judicial Efectiva, el Derecho a la Defensa y el Debido Proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, decisión esta enmarcada en los artículos 174, 175, 179 y 180 ejusdem.
SEGUNDO: CONFIRMA PARCIALMENTE la sentencia N° 2J-030-2022 d.....