Por los fundamentos expuestos esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho LEONARDO VILLALOBOS TABORDA, quien actúa como defensor privado del ciudadano ENGEL MARTIN BOLIVAR GIL, plenamente identificado en actas.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 1685-14 de fecha 29 de Julio de 2014, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Villa del Rosario, la cual entre otros pronunciamientos decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 2 en concordancia con el 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del precitado ciudadano, a .....