DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación incoado por el abogado SILVESTRE SEGUNDO ESCOBAR, actuando en su carácter de defensor del ciudadano acusado JESUS EDUARDO VEGAS CONTRERAS, y SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en el Acto de Audiencia Preliminar en fecha 26 de noviembre del año 2.003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano ALEX REINER QUINTERO.
QUEDA ASI DECLARADO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION Y CONFIRMADA LA D.....