Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, efectuado por el imputado ALAN RICHARD DELGADO LÓPEZ, debidamente asistido por el profesional del derecho TEODORO PINTO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 148.384, en su condición de defensor quien fue previamente juramentado por la instancia en fecha 26 de mayo de 2015, se ha realizado tal como lo exige la norma, el cual fuera presentado en fecha 24 de mayo de 2015, contra la decisión No. 535-2015, de fecha 18 de mayo de 2015, emitida por el Juzgado Séptimo en Funciones de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual, el tribunal de instancia en la audiencia de presentación declaró PRIMER.....