En virtud de lo antes expuesto, esta Sala 2° de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:, DECLARA: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho CAROLINA MOLERO LAYETH, Defensora Pública Auxiliar Undécima Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando en su condición de defensora de los ciudadanos YOHENDRY MOISÉS LÓPEZ SIERRA, titular de la cédula de identidad No. V-20.685.518 y YOEL ANDRIS LÓPEZ SIERRA, Titular de la cédula de identidad No. V- 25.346.542 contra la decisión; contra la decisión No. 0712-17-, de fecha 19 de Junio de 2017, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el referido Juzgado decreto: PRIMERO: La aprehensión en flagrancia de los imputados de autos, de conformid.....