DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS presentado por la profesional del derecho SONSIREÉ CAROLINA CHAOURIO VALBUENA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 96.816, actuando en su carácter de defensora privada del ciudadano EDDY JOSE AÑEZ TOVAR titular de la cedula de identidad N° V-7.826.693, contra la decisión Nº 1171-17, de fecha 27 de septiembre de 2017, signada bajo el N° 1171-17, dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el Tribunal de instancia, entre otros pronunciamientos declaró: PRIMERO: ADMITE LA ACUSACIÓN FISCAL, presentada por el Ministerio Publico, en contra del acusad.....