En mérito de las razones expuestas, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por la defensa pública, representada por la Profesional del Derecho YASMELY ALICIA FERNÁNDEZ CARVAJAL, en su carácter de Defensora Pública Trigésima Primera de Indígenas y con competencia en Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensora Pública del estado Zulia, en su carácter de Defensora de la imputada NANCY COROMOTO FRÍAS MORALES, portadora de la cédula de identidad N° 4.522.474. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión registrada bajo el N° 1225-11, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en fecha veinticuatro (24) de Octubre del año dos mil once (2.011). TERCERO: SE ORDENA la reposición del asunto al estad.....