Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado FRANKLIN ANTONIO VARGAS VARGAS, en su carácter de defensor de los ciudadanos ROBERT CHIRINOS y JHON JAIRO LEZAMA, contra la decisión dictada en fecha 06 de septiembre de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida, resultando improcedente la solicitud de medida cautelar peticionada por el Abogado defensor a favor de sus representados.
TERCERO: ANULA el auto de apertura a juicio, inserto en las actas, de fecha 13 de septiembre de 2012, manteniéndose vigentes el acto de audiencia preliminar de fecha 06 de septiembre de 2012 y su respectiva res.....