Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA No. 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la inhibición presentada por la profesional del derecho PATRICIA CAROLINA NAVA QUINTERO, Jueza Profesional adscrita al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en el asunto principal signado bajo el No. 2C-19.365-13, seguido en contra del ciudadano RICHARD JOSÉ CONTASTI SÁEZ, plenamente identificados en actas, por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL, en perjuicio (Se omite de conformidad con el artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), todo de conformidad con lo establecido en el artículo 99 del Texto Penal Adjetivo. Se ordena la Jueza inhibida seguir con el conocimiento de la presente causa, conforme a lo establecido .....