Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por la profesionales del Derecho JOSÉ LUIS RINCÓN y ANA CECILIA LUGO, en sus condiciones de Fiscales Titular y Auxiliar Novena del Ministerio Público, respectivamente, y consecuencialmente se debe confirmar la decisión recurrida, en la cual entre otros puntos Ordenó levantar la medida de aseguramiento de la cuenta bancaria del Banco Occidental de Descuento, perteneciente al ciudadano ENDER JOSÉ GONZÁLEZ OQUENDO, titular de la cédula de identidad N° 4.327.909, por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del Orden Público. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fe.....