En mérito de las razones expuestas, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de autos presentados por el profesional del derecho CARLOS JUAN PEÑA VÁZQUEZ, Defensor Público Trigésimo Noveno adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, actuando en representación del ciudadano imputado JONATHAN ENRIQUE CASTILLO BENÍTEZ, plenamente identificado en actas, a quien el Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio del Estado Venezolano.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión No. 4C-1300-11, de fecha cinco (05) de noviembre del año 2011, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circ.....