Por los fundamentos antes expuestos esta Sala número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA de la decisión N° 192-04, de fecha 31 de Mayo de 2004, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por violentar el debido proceso establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al no darle cumplimiento a lo establecido en la primera parte del artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se ordena al Juzgado A quo a que proceda a remitir la presente causa al departamento de alguacilazgo para su distribución a otro Juzgado de Ejecución de Sentencia de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, distinto al Juzgado de Ejecución que ya emitió opinión, con el objeto de celebrar la men.....