Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la inhibición presentada por la ciudadana Abogada KEILY SCANDELA, en su condición de Secretaria de la Sala No. 02 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en el asunto signado por esta Alzada con el No. VP02-R-2012-001246, contentivo del recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho SEGUNDO OLIVAR DELFIN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 16.730, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDWAR RENE UZCATEGUI, portador de la cédula de identidad No. 15.620.074, contra la decisión registrada bajo el No. 1691-12, de fecha 26 de octubre de 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal d.....