Por los fundamentos expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por la profesional del derecho MARIA JESÚS NARANJO LUENGO, en su carácter de Fiscal Auxiliar Sexta Encargada del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: REVOCA la decisión No. 887-13, de fecha 30 de agosto de 2013, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
TERCERO: IMPONE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada contra los ciudadanos YEANMARCO JOSÉ MORALES LÓPEZ, titular de la cédula de identidad No. 19.547.438 y ALEXANDER SEGUNDO VARGAS, titular de la cédula de identidad No. E-1038648384, ordenándose a la Jueza de instancia que ac.....