Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por los profesionales del derecho JOVINIANO SÁNCHEZ, NELSON ENRIQUE HERNÁNDEZ ARAUJO, NERVA RAMÍREZ y MARÍA EUGENIA HERNÁNDEZ GUERRA, en su carácter de defensores de los ciudadanos DAYANA RAMONA PERDOMO, MARIELA JOSÉ FERRER GÓMEZ y ALBA COROMOTO BARRIENTOS VICUÑA y JULIO CÉSAR MARRERO HERNÁNDEZ, respectivamente, contra la decisión N° 575-13, dictada en fecha 14 de junio de 2013, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida.