Por los fundamentos expuestos, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado en ejercicio PEDRO PALMAR CASTILLO, actuando con el carácter de defensor del acusado ANGEL ESTEBAN FLORES CARRASQUEL. SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia N° 050-06, dictada en fecha 14 de Agosto de 2006, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido de manera mixta.