Por los fundamentos expuestos esta Sala número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la profesional del Derecho LEANY INCIARTE ALMARZA, contra de la decisión N° 747-10 dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 23 de Noviembre de 2010, y en consecuencia se ANULA tanto la decisión apelada, como el escrito acusatorio presentado por el Ministerio Público, retrotrayéndose el proceso al estado que la Representación Fiscal presente un nuevo acto conclusivo en el cual debe realizar pronunciamiento en cuanto al delito de Robo Agravado, así como con respecto a las pruebas solicitadas por la defensa de los acusados de autos, y por tanto, se ordena la celebración de una nueva audiencia preliminar por ante un juzgado distinto a.....