Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados CLARITZA MATA SULBARAN y HUGO GREGORIO LA ROSA, actuando con el carácter de Fiscal Décimo Séptimo y Fiscal Auxiliar Décimo Séptimo del Ministerio Público, respectivamente, contra la decisión N° 2786-06, de fecha 14 de Agosto de 2006, dictada por el Juzgado de Duodécimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, y, SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.