Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA No. 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación presentado por el profesional del derecho JOSÉ LUIS VARELA ZAMBRANO, actuando en su carácter de defensor para el momento de los ciudadanos TEODORO AMADO GODOY, portador de la cédula de identidad No. 4.477.344 y CARLOS EDUARDO GAVIRIA, titular de la cédula de identidad No. E-81.155.427, contra la decisión No. 447-2013, de fecha 8 de abril de 2013, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Santa Bárbara; en atención a la manifestación de voluntad expresa realizada por los mencionados ciudadanos en su cualidad de imputados en el asunto No. VP02-R-2013-000445, de conformidad con lo establecido en el ar.....