Por los fundamentos expuestos esta Sala Número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las profesionales del Derecho NANCY YANELA RUIZ TOLOSA y MARILIN CAROLINA HUERTA DELGADO, en su carácter de defensoras de los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL MÉNDEZ SANZ y DAYAN MOISÉS SANZ NOGUERA, en contra de la decisión N° 2025-06, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 04 de Julio de 2006, por tanto se CONFIRMA la decisión recurrida, haciéndose improcedente la solicitud de medida cautelar sustitutiva de la privativa de libertad planteada por las recurrentes a favor de sus representados. ASÍ SE DECIDE.-