En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho JOSE GREGORIO RONDON JAVIER JOSE MEDINA REYES Y SAILE EMILIA DEVIS FERNANDEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de la cédula de identidad Nros: V-7.791.981, V-11.281.817, respectivamente, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros: 53.629, 73.066 y 96.818, con domicilio procesal en la avenida San Martín, Edificio San Martín, piso 01, oficina 08, del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, teléfonos: 0414-6127488, 0414-6188721 y 0414-6407460, obrando en este acto con la cualidad de defensores del imputado OCTAVIO DE JESUS PIÑEIRO BOLIVAR, quien se encuentra privado de su libertad por decreto dictado por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 13 del .....