CON LUGAR la inhibición propuesta por la profesional del derecho ANDREA KATHERINE RIAÑO ROMERO, en su carácter de Juez Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia (S), en la causa signada con el N° VP03-P-2015-032559, seguida a los acusados LEONEL ANTONIO ROJAS SARCOS y ADONIS ALEJANDRO GONZÁLEZ HERRERA, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, USO INDEBIDO DE ARMA ORGÁNICA, QUEBRANTAMIENTO DE PACTOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR LA REPÚBLICA y SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1 del Código Penal, 115 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, 155.3 del Texto Sustantivo Penal y 239 ejusdem; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 89 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal.