declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por el abogado en ejercicio OMAR ROJAS FERMÍN, en su condición de defensor privado de la ciudadana INGRID LORENA ROA, contra el Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, a cargo de la Jueza LEDA JIMÉNEZ. Todo de conformidad con fundamento a lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con los criterios jurisprudenciales emitidos por el Tribunal Supremo de Justicia.