PRIMERO: ADMISIBLE la incidencia de inhibición interpuesta por la profesional del derecho GABRIELA DE LOS ANGELES DIAZ CORONEL, en su carácter de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia Municipal en funciones de control del estado Zulia, extensión Cabimas con competencia territorial en los municipios Cabimas, Baralt, Santa Rita, Simón Bolívar, Valmore Rodríguez, Lagunilla y Miranda, en la causa penal N° 1CM-023-2022, seguida en contra del ciudadano ADAN DE JESUS MARCANO LAREZ, portador de la cédula de identidad N° V.-2.825.45, por la presunta comisión del delito de SIMULACIÒN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 del Código pena, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; de conformidad con el artículo 90 del Código Orgánico Procesal Penal, invocando como causal la contenida en el artículo 89 ordinal 4° ejusdem.
SEGUNDO: Acogiéndose al lapso establecido en el artículo 99 del Código Adjetivo Penal, para el dictamen de la decisión correspondiente.