En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el profesional del derecho ARGENIS DE JESÚS MARQUINA GONZÁLEZ, en su carácter de Defensor Público Trigésimo Quinto Penal en Funciones de Ejecución, con el carácter de Defensor del penado MARCO ANTONIO CORZO FLORES, portador de la cédula de identidad No. V-17.126.244.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la Decisión N° 160-12, de fecha veintinueve (29) de Marzo de 2012, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el referido Juzgado acordó negar la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto al penado MARCO ANTONIO CORZO FLORES, a quien se le sigue la causa signada bajo el N° 4E-391-09, por la .....