PRIMERO: INADMISIBLE el particular primero del escrito recursivo interpuesto por el abogado en ejercicio YVAN GREGORIO OMAÑA MOLINA, en su carácter de defensor del ciudadano CARLOS ALIRIO FERNANDEZ, contra la decisión N° 0752-2022, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Villa del Rosario, en fecha 08 de agosto de 2022, de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la decisión N° 1303, de fecha 20 de junio de 2005, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
SEGUNDO: INADMISIBLE el segundo motivo de impugnación, de conformidad con el contenido del artículo 250 de la Norma Adjetiva Penal, en concordancia con el artículo 428 literal "c" ejusdem.