PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de auto interpuesto por la ABG. YANIRA PORTILLO VALENCIA, Defensora Pública Provisoria, actuando en la Defensoría Pública Vigésima Tercera (23º) Penal Ordinario, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, actuando como Defensora de los ciudadanos ASBELL DE JESÚS GONZALEZ ORDOÑEZ, titular de la cédula de identidad Nº 26858069 y ENMANUEL JOSE MARIN, titular de la cédula de identidad Nº 28497021, en contra de la decisión Nº 276-2018, de fecha 09 de Abril de 2018, dictada por el Juzgado Primero en Funciones de Control con Competencia Funcional Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: A partir del día hábil siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso de cinco (05) días hábiles para dictar la decisión correspondiente, conforme lo prevé el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.