DECISION
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declarar CON LUGAR la inhibición propuesta en base a lo dispuesto en el ordinal 7° del artículo 89 en concordancia con el artículo 90 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la profesional del derecho PATRICIA DEL CARMEN ORDOÑEZ, en su condición de Jueza Provisoria adscrita al Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en el asunto signado con el N° 8C-18533-18, seguido en contra de los ciudadanos EDGAR ALEXANDER SANCHEZ RESTREPO, EDUAR SEGUNDO SILVA PARRA y JOSE ALBERTO SILVA RINCON, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR SER EJECUTADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal.
Publíquese, regístrese en el libro r.....