En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el abogado en ejercicio ENDER ALAÑA AMADO, en su carácter de defensor privado del ciudadano LUIS JAVIER ACOSTA CARDOZO, portador de la cédula de identidad N° 16.632.376, contra la Decisión N° 1C-789-2009, de fecha dieciocho (18) de Mayo de 2009, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual, entre otros pronunciamientos, inadmitió los medios de prueba ofrecidos por esa defensa en el acto de Audiencia Preliminar, celebrada con ocasión de la acusación presentada en contra del ciudadano LUIS ACOSTA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406.1 del Có.....