Ley DECLARA: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho JAIRO R. CAMPOS ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.231, en su carácter de defensor privado del ciudadano ADRIAN ARTURO VILLASMIL, portador de la cédula de identidad N° V-22.470.684, contra la decisión N° 063-22 de fecha 09 de Agosto del 2022, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; todo de conformidad con lo dispuesto en el literal "b" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en los artículos 440 y 442 ejusdem.
Publíquese, regístrese y remítase en su oportunidad legal.