Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA EL CAMBIO DE TRABAJO DEL DESTACAMENTARIO: JOSÉ ALBERTO NIETO LÓPEZ, portador de la Cédula de Identidad Nº 9.822.004, a la Empresa MADERA ¿LOS COMPADRES¿, C. A., ubicada en el Barrio el Gaitero, calle 125, No. 69-59, en horario comprendido de Lunes a Viernes, de 8:00 de la mañana a 5:00 de la tarde, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 51 de la Ley de Régimen Penitenciario, en concordancia con el artículo 51 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia se ordena oficiar a la Cárcel Nacional de esta ciudad, a los fines pertinentes, remítase copia certificada de la decisión a la Delegado de Prueba BERENICE OCHOA VALBUENA, adscrita a la Unidad Técnica de apoyo al Sistema Penitenciario e igualmente para q.....