Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado RAFAEL ALBERTO FINOL CASTILLO, Títular de la Cédula de Identidad N° V-5.067.149, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 24-11-55, de 50 años de edad, casado, hijo de Carmen Castillo y Ramón Finol, residenciado en Barrio Cujicito, Avenida 33, casa N° 41-36, Parroquia Idelfonso Vásquez, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, como formula alternativa de cumplimiento de pena EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 501 ejusdem, y se le destaca como lugar de residencia el Centro de Tratamiento Comunitario "INSP. RAFAEL ANTONIO OCHOA CASTRO". Regístrese la presente decisión, Líbr.....