El Tribunal REVOCO EL BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO, otorgado en fecha 19-10-07, al penado RICHARD JUNIOR URDANETA MARQUEZ, Titular de la cedula de identidad N° 17.460.966, venezolano, natural de Maracaibo, de 23 años de edad, soltero, con residencia en el Barrio Integración Comunal, Calle 121, Casa N° 61b-72, Estado Zulia, por el Juzgado Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal del estado Zulia, a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 407 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano DIONEL JKOSE URDANETA Y COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 ejusdem, cometido en perjuicio de los ciudadanos JOSE LUIS BRAVO Y NELIDA DE BRAVO, de conformidad con lo establecido en los artículos 511 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal.