El Tribunal ACORDÓ otorgar al residente JOHAN MANUEL MACHADO MACHADO, titular de la cédula de identidad No. 19.570.626, el PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL, solicitado con oficio Nº No. CTCRAOC/0946-10 de fecha 22-07-2010, suscrito por la Lic. GLORYS BARRERA M., Directora del Centro de Tratamiento, quedando bajo la supervisión del referido Centro Comunitario, para que continúe cumpliendo con todas las condiciones del Régimen Abierto, así como con las obligaciones impuestas por éste Juzgado: Presentarse por ante el departamento de alguacilazgo de este Circuito Penal cada Treinta (30) días. ¿No portar ni poseer ningún tipo de armas. ¿Abstenerse de frecuentar lugares donde expidan bebidas alcohólicas. ¿Mantener el área del centro comunitario aseado. ¿Cumplir con las obligaciones que le imponga el delegado de prueba; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamientos Comunitarios, en concordancia con el Artículo 51 de la Con.....