DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL a favor del penado ELIGIO ANTONIO VILLEGAS CARRASQUERO, titular de la cedula de identidad Nro. 7.774.001, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 43 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Carnicero, titular de la cédula de identidad N° 7.774.001, hijo de Víctor Manuel Villegas y de Marlene Carrasquero, y residenciado en La Pomona, Callejón Eduviges, Casa N° 48h-59, Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal; quedando sujeto a la Vigilancia de la Autoridad Civil por Una Cuarta (1/4) parte del tiempo de la condena, es deci.....