DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA FORMULA ALTERNATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA RELACIONADA AL REGIMEN ABIERTO, al Penado DONALDO LEON ZAMORA, de nacionalidad Colombiana, titular de la cédula de identidad Nro. E-9.271.242, fecha de nacimiento: 14/03/74, de 31 años de edad, soltero, obrero agrícola, hijo de Melciades León y Rosalía Zamora, residenciado en el Barrio Integración Comunal, calle 124, sector Lilia Perozo de Zambrano, No. 16-112, Maracaibo Estado Zulia, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, en virtud del Informe Técnico Nro. 1.991 de fecha 07-02-06, y no encontrarse APTO para la medida optada, y al no cumplir con todos los requisitos previstos en el Artículo 501 de la Ley de Reforma Parcial del Código 0rgánico Procesal Penal.- .....