DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL CÓMPUTOS DE LEY, relacionado con la Penada MARINA CAMPOS DIAZ, de nacionalidad Colombiana, de 60 años de edad, fecha de nacimiento 31-08-1946, Natural de Cúcuta Departamento de Santander, titular de la cedula de identidad N° E-37.213.269, soltera de oficios del hogar, hija de Moisés Campos y Maria Escolástica Díaz, domiciliada en el Barrio Juan Gil, al fondo de la iglesia por el Asfalto de la Población de la Villa del Rosario, de conformidad con lo establecido en los artículos 64, 479, 482 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certificadas de la misma con oficio al Director del Centro Penitenciario de .....