Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA REFORMADO EL COMPUTO DE PENA, relacionado con el penado LUIS CARLOS CABELLO HERNÁNDEZ HERNANDEZ, Venezolano, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 22 años de edad, de profesión u oficio Obrero, Soltero, titular de la Cedula de Identidad: 16.837.184, hijo de Marceliano Cabello y Orlanis Hernández y residenciado en Calle 86, Casa No 9-90, Sector Veritas, Frente a Repuestos Don Alfredo, Maracaibo, Estado Zulia. Asimismo se ordena oficiar al Director del Centro Penitenciario de Maracaibo, a los fines de que trasladen al referido penado con la respectiva Custodia Militar, para el día Miércoles 23-02-2005, a las nueve (09:00) de la mañana, a la orden de éste Despacho.