Por los fundamento de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE LIBERTAD CONDICIONAL al penado JHON GEL MUNIVE NEGRETTE, titular de la cedula de identidad N° 18.007.451, Venezolano, natural de Maracaibo, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Jesús Manuel Munive y de Maria Magali Negrete, residenciado en el Barrio Santa Fe I, Primera Entrada, por la Licorería Discipoca, calle 207, casa N° 207-27, Vía a Perija, Kilómetro 12, Municipio San Francisco; todo conformidad con lo establecido en los artículos 64, 479, 500, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 61 de la Ley de Ré.....