Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO Ó RÉGIMEN ABIERTO, AL PENADO JHON GEL MUNIVE NEGRETE, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo del Estado Zulia, soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cedula de identidad N° 18.007.451, hijo de Jesús Manuel Munive y de Maria Magali negrete, residenciado en el Barrio Santa Fe I, Primera Entrada, por la Licorería Discipoca, calle 207, casa N° 207-27, Vía a Perija, Kilómetro 12, Municipio San Francisco, Estado Zulia, por no cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, en concordancia con el Artículo 500 del Código Orgánico Procesal .....