DISPOSITIVA
Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INMEDIATA LIBERTAD POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL DE DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, a favor del Penado HECTOR MANUEL MORALES CONSUEGRA, titular de la cédula de identidad N° 73.104.821, de nacionalidad Colombiana, de 40 años de edad, casado, obrero, hijo de Adolfo Morales y de Sonia Consuegra, domiciliado en la vía a la Cañada, sector Sabana Perdida, en la granja Ninosquita, del señor Rolando Paz. y actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, faltándole por cumplir la Pena accesoria de la Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad Civil por Una quinta (1/5) parte de la condena, terminada ésta, es decir CUATRO (04) MESES y DIECIOCHO (18) DIAS, que .....