Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica, y por Autoridad de la Ley, Decreta Reformados los respectivos cómputos de Ley, dictado en la resolución Nro. 197-00 de fecha 26-02-08 relacionados con el penado FRANKLIN EDIXON ABREU DUN, C. I. 18.312.094 natural de Maracaibo, de 24 años de edad, hijo de Evangelista Abreu y Deisi Dun residenciado en el sector Los Lirios, Av. Principal, frente a la agencia el cielo de la Ciudad de Maracaibo, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certificadas de la misma con oficio al Director del Centro Penitenciario de Mar.....