Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, al penado ISIDRO BUSTILLO ARAUJO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nª NO PORTA, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 24 años de edad, soltero, obrero, residenciado en avenida Bella Vista, calle 82 con calle A 9B ,Nª 9B-32, Maracaibo Estado Zulia; actualmente recluido en el Centro Penitenciario de esta ciudad; por no cumplir con los requisitos exigidos en el articulo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, para el otorgamiento del mismo; cuyas razones fueron señaladas anteriormente. Ofíciese al ciudadano Director del Centro Penitenciario de esta ciudad, para que dicho penado sea trasladado a este Despacho, el día Lunes 13 de Febrero del presente año, a las nueve de la mañana, a objeto de darse por notificado de la referi.....