Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LIBERTAD PLENA POR PENA CUMPLIDA Y LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, en favor del penado JORVIS BILL DE LA VICTORIA ESCOBAR, Titular de la Cédula de Identidad N° 10.431.432.
Regístrese la presente Decisión en el Libro respectivo. Se ofició al Presidente del Consejo Nacional Electoral; al Director de Prisiones, División de Antecedentes Penales y Notifíquese a la Fiscal 27 del Ministerio Público, y a la Defensa y Librese Boleta de Citación al citado penado para que comparezca por ante este Tribunal el día 24-05-2.005, a las diez de la mañana, a objeto de ser notificado de la presente decisión