el mencionado penado fue detenido en fecha 24-05-03, por lo que hasta el día de hoy 17-02-05 fecha en que se practica el presente cómputo lleva detenido UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS, faltándole por cumplir SIETE (07) AÑOS, SEIS (06) MESES Y CATORCE (14) DIAS. Cumplirá la pena Principal el día 04-09-12, cumplirá la mitad (1/2) de la pena impuesta el día 14-01-08, pudiendo a partir de esta fecha optar por cualquiera de las formulas alternativas de cumplimiento de pena, tal y como lo establece el Artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido cabe señalar que, el penado en mención cumplirá las Dos Terceras (2/3) de la pena impuesta el día 30-07-09, para optar por el Beneficio de Libertad Condicional. Cumplirá las Tres Cuartas (3/4) parte de la pena el día 09-05-10 para optar por el Beneficio de Confinamiento