Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE la Medida Alternativa al cumplimiento de pena de Régimen Abierto, al penado DANIEL ALBERTO NIETO GONZALEZ, venezolano, de 29 años de edad, soltero, natural de Maracaibo, titular de la Cédula de Identidad N° 11.739.485, fecha de nacimiento 25-11-73, residenciado en el Sector Buena Vista, Barrio 12 de Octubre, Callejón Tapón, Maracaibo Estado Zulia (residencia de su concubina) recluido actualmente en el Internado Judicial Carabobo, por no cumplir con los requerimientos previstos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, de acuerdo a lo expuesto en la parte motiva de esta decisión. En consecuencia ofíciese al Internado Judicial de Carabobo remiendo copia certificada de la presente decisión y Boleta de Notificación correspondiente al penado en cu.....