Ahora bien, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena acumular a la causa 3E-151-04 la signada con el N° 3E-201-04, continuando la foliatura de la signada con el número 3E-151-04, se enmienda la foliatura de la 3E-201-04 y precédase a realizar el computo respectivo, a los fines de la acumulación de pena correspondiente, por lo que a tenor de lo dispuesto en el Artículo 86 del Código Penal,